HERENCIAS: Consulte con su Abogado
Publicado por finestratlegal on Agosto 11, 2007
FINESTRAT LEGAL, Abogados
La experiencia profesional nos confirma que es bastante frecuente que no haya acuerdo entre los herederos legales, normalmente sobre la administración, valoración y distribucion de los bienes que forman parte de la masa hereditaria.
Es habitual que, a pesar de que normalmente les unan lazos de sangre, se planteen conflictos muy complejos entre los herederos o legatarios llamados a la herencia, y es preciso que todos ellos estén bien asesorados para que conozcan tanto sus derechos como obligaciones, así como la forma de proceder conforme a derecho, y por ello es de suma importancia la presencia de un profesional de la abogacía que oriente y conduzca las actuaciones a seguir, intentando evitar desde el primer momento procedimientos judiciales innecesarios por lentos y caros.
En otros casos no existen problemas entre los herederos pero es voluntad de los mismos llevar a buen termino la adjudicacion y liquidacion de la herencia siguiendo estrictos criterios legales y de mutuo acuerdo.
El equipo de Finestrat legal se encarga, a solicitud de nuestros clientes, de todos los tramites administrativos, notariales y registrales que sean necesarios, entre otros los siguientes:
- Obtención del certificado del Registro de últimas Voluntades, documento imprescindible para conocer si la persona fallecida otorgó testamento.
- Obtención de copia autorizada del testamento en la Notaria en que se otorgó.
- Si no se otorgó testamento, tramitación de la declaración de herederos legales o “abintestato”.
- Inventario y valoración de los bienes que componen el caudal de la herencia.
- Preparación y otorgamiento de la Escritura Pública de aceptación y adjudicación de la herencia, elaborando el cuaderno particional hereditario.
- Liquidación en la Conselleria de Economia y Hacienda, en su caso, del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
- Inscripción en los Registros públicos, en especial el de la Propiedad Inmobiliaria del Distrito Hipotecario que corresponda y Oficinas del Catastro, la nueva titularidad registral y catastral de los bienes de los bienes inmuebles.
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