Finestrat Legal

Abogacia Preventiva & Servicios Inmobiliarios

Archivo de Junio 2009

FINESTRAT: SUELO URBANO EN VENTA. Residencial finalista

Publicado por finestratlegal en Junio 26, 2009

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INFORMACIÓN URBANISTICA                PLAN PARCIAL 16 – RESIDENCIAL GENERAL
 
Finestrat: mapa de situación                                Ver mapa más grande

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Aprobación Reparcelación Sector Alfarella de Finestrat

Publicado por finestratlegal en Junio 18, 2009

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El Ayuntamiento de Finestrat ha publicado Edicto en el B.O.P. nº 114 del 18 de Junio de 2009, por el que se hace pública la ” Aprobación del Texto Refundido del Proyecto de Reparcelación Forzosa del Sector Alfarella de Finestrat”.

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día dieciocho de mayo de dos mil nueve, acta número 11/2009, acordó aprobar el Texto Refundido del Proyecto de Reparcelación Forzosa del Sector Alfarella de Finestrat, promovido por «Los Almendros de Alicante, S.A.» en su condición de Agente Urbanizador.

Lo que se hace público para general conocimiento, en virtud de lo establecido en el artículo 177 de la Ley Urbanística Valenciana, en relación con el artículo 423 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial de la Comunidad Valenciana.

El expediente podrá ser examinado en las dependencias municipales del departamento de Urbanismo en horas laborables.

RECURSOS: Contra el referido acto, que pone fin a la vía administrativa, y ante el órgano que lo dictó, cabe interponer, por escrito dirigido al Excmo. Ayuntamiento, en el plazo de un mes y con carácter potestativo, el recurso de reposición, o bien interponer directamente recurso, en el plazo de 2 meses, contado de igual forma, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente. Finestrat, 1 de junio de 2009.

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Aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias.

Publicado por finestratlegal en Junio 16, 2009

Novedad Tributaria:

Orden EHA/1030/2009, de 23 de abril, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 18.000 euros.

Los artículos 65 y 82 de la Ley General Tributaria (LGT) permitenl el aplazamiento y fraccionamiento del pago de las deudas tributarias, tanto cuando han de ser objeto de autoliquidación por el contribuyente como si han sido liquidadas por la Administración y tanto si se encuentran en periodo voluntario como si se hallan en periodo ejecutivo.

Otras disposiciones legales recientes  relacionadas con el aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias:

  • Instrucción 1/2009, de 7 de Enero, del Departamento de Recaudación sobre gestión de aplazamiento y fraccionamiento de pago.
  • Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica.  Reducción de los tipos de interés legal y tributario, al 4 % y 5 %, desde el 1º de abril de 2009

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Publicado por finestratlegal en Junio 2, 2009

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El TSJ anula el PAI “El Algar” de La Nucia por falta de agua

Publicado por finestratlegal en Junio 2, 2009

Según informa el Diario Información, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha estimado el recurso planteado por la Administración del Estado y ha anulado el PAI del sector “El Algar” de La Nucía, promovido por la mercantil Paraje Cautivador SA.

La sentencia, hecha pública ayer, considera “insuficientes” los recursos hídricos del municipio para atender el abastecimiento de agua que demandaría el incremento de población de este nuevo plan urbanístico. El PAI del sector Algar de La Nucía, contempla la construcción de 2.925 viviendas. La Administración del Estado presentó recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante del 20 de noviembre de 2006, en la que se daban por subsanadas las deficiencias del PAI “El Algar” para la homologación del mismo.

¿ cual será el proximo PAI en ser anulado por el TSJ ?

En Finestrat  esta pendiente de subsanaciónes el Sector 18,19 y 20, en la partida Costera Blanca, colindante con La Alqueria, Areneta y Racó Bosuna. Según el acuerdo de aprobación definitiva de la Comisión Territorial de Urbanismo, el desarrollo del sector esta supeditado, entre otros requisitos, a que ” se acredite la disponibilidad legal de recursos hídricos destinados al consumo humano suficientes para abastecer las demandas generadas por la actuación en las condiciones de calidad legalmente establecidas “

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