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El TC levanta la suspensión de la ley foral de matrimonios

Publicado por finestratlegal en Junio 25, 2008

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Por auto de 12 de junio de 2008, el Tribunal Constitucional ha levantado, a instancia de la Generalitat Valenciana,  la suspensión de la entrada en vigor de la Ley Valenciana del Régimen Económico de Separación de bienes en la comunidad Valenciana (Ley 10/2007 de 20 de marzo).

Una vez se publique dicho Auto del TC, los matrimonios que se celebren a partir de esa fecha en la Comunidad  Valenciana, se entenderán celebrados, salvo Capitulaciones Matrimoniales  en contra, bajo el régimen de separación absoluta de bienes.

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ACTUALIZACIÓN A 1 DE JULIO DE 2008:

Los nuevos matrimonios que se celebren en la Comunitat Valenciana desde hoy se regirán por el régimen de la separación de bienes. Una medida que se aplicará después de que el Boletín Oficial de Estado (BOE) publicara ayer el auto de 12 de junio del Tribunal Constitucional que levantaba la suspensión de la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano.

Hasta el 30 de Junio de 2008, los matrimonios valencianos se regían por el modelo de bienes gananciales regulado en el Código Civil, el cual supone  que se hacen comunes para el marido y la mujer los beneficios obtenido de forma indistinta por cada uno de ellos después del matrimonio.

Desde el 1 de Julio de 2008, con la entrada en vigor de la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciana mandará la separación de bienes. Con este régimen, los bienes que tuviera cada cónyuge antes del matrimonio y los que adquiera después del enlace los conservará en propiedad siendo el único titular.