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Inmatriculación de fincas: “dura lex, sed lex”

Publicado por finestratlegal on Marzo 29, 2008

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INMATRICULACIÓN: DESCRIPCIÓN CATASTRAL NO TOTALMENTE COINCIDENTE. .

Resolución de 4 de diciembre de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado

En las inmatriculaciones de fincas, se precisa una total coincidencia entre la descripción del título y la de la certificación catastral, sin que exista ningún margen del 10 % al respecto.

Es de gran importancia práctica esta Resolución, pues restringe enormemente las inmatriculaciones al estar muy extendida la práctica de aplicar la regla del 10% a un gran número de casos.

Esta práctica se funda en la INSTRUCCIÓN de 26 de marzo de 1999, de la propia DGRN sobre certificaciones catastrales descriptivas y gráficas a los efectos de constancia documental y registral de la referencia catastral.

Fuente: Notarios y Registradores