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Certificado de Defunción

Publicado por finestratlegal on Marzo 28, 2008

El certificado de defunción es el documento oficial que acredita el fallecimiento de la persona.

Tipos de certificados

A) Certificados Positivos:

1.- Extracto: Es un resumen de la información relativa al hecho del fallecimiento que consta en el Registro Civil. Puede ser de distintos tipos:

Ordinarios: Es el expedido en lengua castellana para aquellas comunidades autónomas cuyo único idioma oficial sea el castellano.

Internacional o plurilingüe: Es el destinado a surtir efecto en los países que hayan ratificado el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976. Este certificado se expide en el idioma oficial de todos los países firmantes del citado convenio (España, Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia, Croacia, Eslovenia, Francia, Italia, Luxemburgo, Macedonia, Países Bajos, Portugal, Suiza, Turquía, Servia Montenegro).

Bilingüe: Siempre que se solicite un certificado en extracto en una Comunidad Autónoma que tenga su propio idioma oficial, éste será emitido en castellano y en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma en el que se expida.

2.-Literal: Es una copia literal de la inscripción de defunción, conteniendo todos los datos relativos a la identidad del fallecido y al hecho del fallecimiento.

B) Certificados Negativos: Acreditan que no está inscrito el fallecimiento de una persona en ese Registro Civil.